Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló hoy por completo la reforma electoral de septiembre pasado en Coahuila, por la cual se incrementó de 25 a 27 el número de diputados locales, para asignar dos lugares de representación proporcional a personas de grupos en situación de vulnerabilidad.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte invalidó la reforma a cinco artículos de la Constitución de Coahuila, publicada el 29 de septiembre, y a múltiples artículos del Código Electoral estatal, difundida un día después.
Los Ministros determinaron que, para aprobar estas reformas, el Congreso de Coahuila no hizo la consulta previa a grupos indígenas y personas con discapacidades, que la Corte reiteradamente ha establecido como un derecho humano.
La Corte ordenó reinstaurar la vigencia de todas las normas que fueron derogadas por estas reformas, mientras que la Legislatura estatal quedó en posibilidad de volver a aprobarlas, pero obligada a realizar una consulta con todos los requisitos de validez que el Máximo Tribunal ha ido fijando en los últimos años.
La elección en Coahuila, para renovar la Gubernatura y el Congreso, está agendada para el 4 de junio, y la Constitución federal prohíbe reformas electorales en los 90 días previos a esta fecha, por lo que es probable que estos comicios tendrán que ser realizados con las leyes anteriores a la reforma de septiembre.
Algunos cambios al Código Electoral que fueron anulados incluyen la inelegibilidad de personas condenadas por delitos o infracciones de cualquier tipo por violencia contra las mujeres, así como la suspensión del derecho a ser votado para deudores alimentarios que no paguen las pensiones a las que están obligados, agresores sexuales, o agresores psicológicos contra las mujeres.
Además, reglas más detalladas en materia de paridad de género para registro de candidaturas, un incremento en el tope de gastos de las campañas para Gobernador y reglas sobre contenido de las boletas electorales, entre otros.
«En materia electoral, es muy complicado dejar algunas partes (de las leyes) y otras no», explicó el Ministro Arturo Zaldívar, al argumentar en favor de la invalidez total de los decretos y la reviviscencia de las normas previas.
Las acciones resueltas hoy por la Corte fueron promovidas por Morena, el Partido del Trabajo (PT), la CNDH y el partido local Unión Democrática de Coahuila.
Una reforma paralela a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, no fue tocada por la Corte, pues si bien hubo una acción del PT cuestionando dos temas, los ministros la declararon infundada el martes pasado.
El sistema electoral Coahuilense ha sufrido varias modificaciones relevantes en meses recientes, con miras a la elección de este año, mismas que se han caído en tribunales.
En enero de 2022, la Constitución estatal fue reformada para obligar, a partir de 2029, a la elección de una Gobernadora, si el Gobernador en funciones es hombre.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional de Coahuila anuló esta reforma por falta de consulta adecuada a los Municipios.
Esta sentencia impidió a su vez a la Corte discutir un proyecto que adelantaba para 2023 la aplicación de la paridad de género y obligaba, desde ahora, a elegir a una Gobernadora.