El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró nuevamente como constitucional la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador emitió el 11 de mayo de 2020 un acuerdo para utilizar al Ejército en labores de seguridad mientras la Guardia Nacional desarrolla su estructura.
En noviembre de 2022, la Suprema Corte avaló el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública al resolver la controversia constitucional 90/2020. En ese entonces, el alto tribunal señaló que el presidente López Obrador no invadió las facultades del Congreso de la Unión al emitir el acuerdo impugnado.
En esta ocasión, la SCJN analizó y votó en menos de media hora las controversias constitucionales 85/2020, 87/2020 y 91/2020 promovidas respectivamente por los municipios de Colima y Pabellón de Arteaga, en Aguascalientes, y por el estado de Michoacán en contra del acuerdo emitido por el presidente López Obrador, que dispuso del Ejército para tareas de seguridad pública.
La ministra ponente Margarita Ríos Farjat, que también conoció de la controversia 90/2020, propuso la constitucionalidad del acuerdo, pues la seguridad pública es una materia concurrente entre los tres niveles de gobierno, por lo que no se invadieron facultades de municipios ni entidades federativas.
“La participación militar se desarrolla en un ámbito coordinado”, argumentó la ministra Ríos Farjat, por lo que no hay una invasión de competencias y se contempla el uso de las Fuerzas Armadas en un marco de coordinación.
Los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Luis María Aguilar votaron en contra del reconocimiento de constitucionalidad del acuerdo, por considerar que no cumple con los criterios establecidos por la propia Suprema Corte para el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.