CIUDAD DE MÉXICO.- Aunque fue procesado por el delito de genocidio, relacionado con la matanza estudiantil del 2 de octubre de 1968, el expresidente Luis Echeverría Álvarez nunca pisó la cárcel.
En 2002, se creó la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), para investigar violaciones graves a los derechos humanos cometidas durante el movimiento estudiantil de 1968 y la llamada guerra sucia en la década de 1970.
Encabezada por el fiscal Ignacio Carrillo Prieto, el máximo logro de la Femospp, que dependió de la extinta PGR, fue la orden de aprehensión contra Echeverría Álvarez, ya que por primera ocasión en la historia de México se dictaba un mandamiento de detención contra un expresidente de la República.
Sin embargo, el expresidente no pisó ningún penal porque se le concedió el beneficio de la prisión domiciliaria en su casa ubicada en Magnolia 131, colonia San Jerónimo Lídice, en la Ciudad de México, que estuvo custodiada por unos días por agentes de la desaparecida Agencia Federal de Investigación (AFI), creada por el exsecretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna.
Cabe destacar que el exmandatario priísta fue el único de los 13 exfuncionarios acusados de la matanza del 2 de octubre de 1968, al que se le giró orden de aprehensión.
Luego que un juez federal le dictara auto de libertad en junio de 2006, por considerar que el delito de genocidio había prescrito desde noviembre de 2005, un magistrado del Segundo Tribunal Unitario revocó dicha determinación y ordenó la captura del exmandatario.
El magistrado afirmó que cuando Echeverría se desempeñó como secretario de Gobernación, en el sexenio del expresidente Gustavo Díaz Ordaz, perpetró una conducta que trajo como consecuencia los hechos del 2 de octubre de 1968, pues por medio de la Dirección Federal de Seguridad (DFS) se constituyó un grupo armado, denominado Batallón Olimpia», en forma conjunta con otras instituciones del gobierno de México.
«Ordenó que los miembros de ese batallón se presentaran en el mitin del 2 de octubre de 1968, y en forma coordinada con otras fuerzas armadas, iniciaran el fuego cruzado, entre ellos y los elementos del Ejército, y con otros contingentes, con la intención de aprovecharlo para disparar contra los estudiantes y la multitud congregada, perpetrando delitos contra la vida de un número considerable de personas, y con el propósito de destruir totalmente al grupo nacional identificado como ‘Movimiento Estudiantil’ del 68», determinó el juzgador.
El mismo mes de julio de 2006, Echeverría Álvarez fue notificado del mandamiento judicial y agentes del Ministerio Público Federal, adscritos a la Femossp, se presentaron en su domicilio.
Días de después, el expresidente priísta recuperó su libertad, luego de que un juez dictó auto de libertad a su favor porque el delito que se le imputaba por los hechos del 2 de octubre de 1968 preescribió.
La decisión fue calificada por Juan Velázquez, abogado de Luis Echeverría Álvarez, como fracaso de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), desaparecida años después.