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Bitácora del director

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Por Pascal Beltrán del Río

Gobernar por decreto

El 29 de diciembre de 1934, el Congreso de la Unión otorgó al presidente Lázaro Cárdenas —quien acababa de tomar posesión— “facultades extraordinarias, para que, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de agosto de 1935 legisle en materia de Ingresos, Crédito y Moneda, Deuda Pública, Seguros, Pensiones, con exclusión de las militares, Bienes de Propiedad Federal y organización administrativa de los servicios públicos”.

Con base en ese decreto, Cárdenas expidió la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, que duraría vigente ocho décadas, hasta que fue sustituida en el marco de la reforma financiera del presidente Enrique Peña Nieto.

Durante el sexenio de Vicente Fox, el abogado constitucionalista José Elías Romero Apis —compañero de estas páginas— advirtió que dicha ley adolecía de ilegalidad, pues el Congreso no tenía facultades para conferir dichos poderes al Ejecutivo, y promovió un amparo con el que se inició un proceso para reparar esa grave falla en nuestro marco legal.

Unos años atrás, los tratadistas Jorge Carpizo y Héctor Fix Zamudio publicaron sendos estudios en los que describieron la costumbre, que comenzó en el periodo del presidente Benito Juárez, de que el Congreso delegara facultades legislativas al Ejecutivo fuera de los márgenes del Estado de derecho.

Dicha práctica, que Carpizo juzgó como “viciosa e inconstitucional”, fue continuada por los presidentes Sebastián Lerdo de Tejada y Porfirio Díaz y, luego, ya en otra era constitucional, por Cárdenas. La violación había sido tan flagrante que, en 1938, se aprobó una reforma constitucional para dejar claro que la concentración del Legislativo en una sola persona sólo podía operar con motivo de la suspensión de garantías prevista por el artículo 29. Sin embargo, los abusos cometidos en 1934 se dejaron intocados.

Por una vía distinta, sucesivos presidentes de signo priista tuvieron por costumbre echar mano de la mayoría legislativa de su partido para lograr la aprobación de leyes que incumplían con la Constitución y que hoy en día siguen siendo motivo de amparos. El control que entonces tenía el Ejecutivo sobre los otros dos poderes hizo posible esa práctica.

Con el advenimiento de una real división de Poderes, a partir de los años 90 los presidentes tuvieron que aplacar su apetito de gobernar de acuerdo con su santa voluntad, invadiendo los terrenos del Legislativo y el Judicial.

Sin embargo, hoy se advierte una nueva modalidad de concentración de poder por parte del Ejecutivo: la que ejerce el presidente Andrés Manuel López Obrador mediante la captura de un número suficiente de ministros de la Suprema Corte para evitar que una ley aprobada por la mayoría oficialista en el Congreso sea declarada inconstitucional.

Sucedió con las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica, publicadas en marzo de 2021, que fueron motivo de una acción de inconstitucionalidad promovida por 43 senadores de la oposición. En sesión del 7 de abril pasado, siete de los once ministros del pleno de la Suprema Corte dieron la razón a los quejosos, pero, al no alcanzarse el mínimo de ocho votos, los cambios se mantuvieron. En la víspera de esa votación, el presidente López Obrador advirtió a los ministros que no fueran a salir “con el cuento de que la ley es la ley”.

Días después, fue rechazado en la Cámara de Diputados el intento del oficialismo de modificar la Constitución en esa misma materia. A partir de ahí, el Presidente parece haber tomado la decisión de ya no insistir en reformar la Carta Magna —para lo cual su movimiento político no cuenta con los votos suficientes— e irse por la vía de los cambios legales, esperando contar con cuatro ministros de la Corte para sostenerlos.

El nuevo intento vendrá por la vía de una iniciativa preferente para sujetar a la Guardia Nacional a la Sedena, misma que fue anunciada la semana pasada por el secretario de Gobernación. Luego podría venir otro, en materia electoral.

Ante lo que es, evidentemente, una acción deliberada por parte del Ejecutivo para evadir los controles constitucionales, cabe un llamado respetuoso a los ministros de la Suprema Corte para que echen mano de su sabiduría, obedezcan a su conciencia, cuiden su honor y cumplan con su juramento.

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