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SCJN ABRE LA PUERTA PARA IMPUGNAR SENTENCIAS DEL TEPJF

SCJN ABRE LA PUERTA PARA IMPUGNAR SENTENCIAS DEL TEPJF

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La Segunda Sala de la SCJN determinó que las controversias constitucionales que se presenten en contra de resoluciones del TEPJF, pueden ser admitidas a trámite.

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las controversias constitucionales que se presenten en contra de resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, pueden ser admitidas a trámite.

El proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa y aprobado por mayoría de votos, destacó que, si bien por regla general las sentencias del Tribunal Electoral son definitivas e inatacables en términos del artículo 99 Constitucional, ello no implica que las controversias promovidas en su contra sean improcedentes.

El planteamiento puntualizó que el objetivo de dar entrada a este tipo de asuntos, consiste en analizar que hayan sido resueltos dentro del marco de competencias de dicho órgano y que no se trate de cuestiones que correspondan a otros poderes del Estado.

Este criterio fue tomado en el contexto de una controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados, que señala que el Tribunal Electoral excedió sus facultades al inmiscuirse en cuestiones parlamentarias y ordenarle modificar la integración de la Comisión Permanente en junio del año pasado.

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